
Sería del caso que la Sala decidiera sobre la admisión de los recursos de anulación que el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES UNIDOS DE INDUSTRIA DE LA VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA – SINTRAUNISEGURIDAD- y la empresa FORTOX S.A. interpusieron contra el laudo arbitral que el Tribunal de arbitramento profirió el 21 de febrero de 2020, con ocasión del conflicto colectivo que se suscitó entre los recurrentes, si no fuera porque se advierten razones que impiden la continuación de este trámite arbitral.
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