
El día jueves 30 de abril de 2015 se firmó la Convención Colectiva 2015-2016, con un incremento salarial de 5% para el 2015, retroactivo al 1o de enero y el IPC más 2 puntos para el 2016, sí el incremento del salario mínimo es superior en el 2016 al IPC más 2 puntos se tomará como base el incremento del salario mínimo.
La mayor parte de los beneficios convencionales se conservaron incluyendo los doce meses, los demás puntos se darán a conocer cuando sea depositada en el Ministerio de Trabajo. Esto quiere decir que no fuimos a Tribunal de Arbitramento.
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