ASPROUL

ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD LIBRE

Resolución No. 001682 de 1992

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 COMUNICADO No. 06

Bogotá marzo 12 de 2020

La mesa negociadora de Asproul se permite informar a la comunidad docente:

  • En la mañana del día 12 de marzo del 2020, entre las 10:30 a.m. y 1:30 p.m., previa convocatoria, se llevó a cabo reunión de los negociadores de las partes, asistiendo en representación de Asproul, los doctores: CARMENZA SUAREZ AVILA, ELLERY BORREGO COTES, FRANCISCO ELIDER VALENCIA VALENCIA, LIBARDO LAGUNA MALDONADO, con la asesoría de los doctores: OSCAR ARIAS SOTO y LUIS ALBERTO SUTACHAN ARIAS ratificados por la Asamblea Nacional de Delegados, reunida el día 6 de marzo del 2020, y, en representación de la universidad, los doctores: EURIPIDES DE JESUS CUEVAS, IVAN VILA CASADO y NELSON OSWALDO DUQUE LUQUE.
  • La comisión negociadora de la Universidad, presentó frente al incremento salarial como propuesta el IPC más 2 puntos, equivalente al 5.8%. Después de una amplia discusión, la comisión negociadora de Asproul presentó una contrapropuesta del IPC más 3 puntos, equivalente al 6.8 % conforme al parámetro establecido por la Asamblea Nacional de Delegados, ante lo cual, los negociadores de la Universidad manifestaron no estar en capacidad de aceptar la referida propuesta, exponiendo como argumento la situación económica y financiera de la universidad, así como la situación coyuntural actual tanto nacional como internacional.
  • Con el ánimo de conciliar, la comisión negociadora de la universidad de consenso  delego al Doctor OSWALDO DUQUE LUQUE para que los representara solo en lo concerniente al incremento salarial y por la comisión negociadora de ASPROUL se delegó al doctor OSCAR ARIAS SOTO, para que de manera conjunta dilucidaran sobre este punto.  Una vez concluida la reunión los delegados de las dos partes no llegaron a ningún acuerdo, dejando pendiente la fijación para una nueva fecha para la siguiente semana.
  • Para mejorar la aplicabilidad de la convención, se logró un acercamiento entre las partes, en el entendido de incluir en la cláusula 53 de la actual convención, la creación y reglamentación de un comité bilateral nacional con el objeto de analizar y resolver en las instancias necesarias el incumplimiento de la convención colectiva.
  • Ante la solicitud del Tribunal de Arbitramento Obligatorio, hecha ante el Ministerio de Trabajo, la Asamblea Nacional de Delegados de ASPROUL, realizada el día 6 de marzo del 2020, dentro de los términos legales, nombró como árbitros a los doctores CARLOS EFRAIN RONCANCIO CASTILLO, como principal, con la suplencia de SEBASTIAN GALEANO VALLEJO.

A todo el cuerpo docente le hacemos un llamado a manifestar de diversas maneras su solidaridad con nuestro justo petitorio.

 

¡POR ESTABILIDAD Y SALARIOS DIGNOS,

VIVA EL PLIEGO DE PETICIONES Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA!

¡¡UNIDOS GANAMOS TODOS!!

NEGOCIADORES DE ASPROUL