
La Junta Directiva Nacional se permite informar al cuerpo docente afiliado a nuestra Organización Sindical en la Sede de Bogotá, que en reunión del 15 de julio de 2016 se tomó la decisión ante la imposibilidad legal de establecer la Directiva Seccional, de crear un comité con base en el artículo 46 de nuestros estatutos, toda vez que jurídicamente y de conformidad con el Articulo 55 de la Ley 50 de 1990, se nos impide ejecutar esta actividad sindical.
En virtud de lo anterior, no es cierto como se ha pretendido desinformar que son los estatutos de ASPROUL, los que impidan la creación de la Seccional, si no, reiteramos disposiciones legales que no permiten su creación y desarrollo.