
COMUNICADO
Bogotá, Mayo 17 de 2016
La Junta Directiva Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Libre ASPROUL, exhorta al cuerpo docente a exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el Parágrafo II de la Cláusula 16 de la Convención Colectiva vigente que dispone:
“GASTOS DE VIAJE EN ACTIVIDADES ACADÉMICAS: Cuando un docente sea designado por la Universidad para participar en seminarios, congresos, conferencias o actividades académicas que implique el desplazamiento y pernoctación en lugar diferente al de su domicilio, la Universidad reconocerá como gastos de viaje, el equivalente al sesenta por ciento (60%) del valor que se reconoce como viáticos a las Autoridades Nacionales, el cual no será factor salarial.”
Lo anterior, por cuanto la Universidad a diferentes actividades académicas ha designado a profesores en su representación, sin reconocerles los gastos de viaje a que tienen derecho.
Atentamente,
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
FRANCISCO OSTAU DELAFOND
PRESIDENTE NACIONAL