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La Corte Constitucional reitera la jurisprudencia sobre estabilidad laboral reforzada en la Sentencia T – 020 de 2021, cuando dijo, que dicha figura no protege solo a los trabajadores calificados con pérdida de capacidad laboral, sino por las enfermedades que padezca, que conviertan al trabajador en uno que está en debilidad manifiesta.
Igualmente reiteró la Corte que a un trabajador con contrato a término fijo, no le pueden dar por terminado el contrato, si se encuentra en debilidad manifiesta, por lo que procede el reintegro.
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